Su propósito es recibir, administrar, invertir y entregar los recursos que le sean aportados; será constituido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público como un fideicomiso público no considerado entidad paraestatal, en el cual el Banco de México actuará como fiduciario.

Las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores), las instituciones que realicen funciones similares de naturaleza pública, así como las administradoras prestadoras de servicio, deberán transferir los recursos de las Subcuentas de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, al momento en que los trabajadores cumplan 70 años, sin necesidad de resolución judicial, al Fondo de Pensiones para el Bienestar, debiendo notificar de cada traspaso al Instituto Mexicano del Seguro Social el mismo día en que se realice. Esto no será aplicable a los recursos de los trabajadores que cuenten con una relación laboral activa ante el Instituto.

Estipula que en caso de que la o el trabajador cumpla 70 años sin que éste o sus beneficiarios hubieren ejercido su derecho a recibir los recursos de la Subcuenta de Vivienda, el INFONAVIT deberá transferir dichos recursos al Fondo de Pensiones para el Bienestar. Esto no será aplicable para los trabajadores en activo.

Para el caso de las y los trabajadores del Estado, el PENSIONISSSTE o las administradoras, así como las administradoras prestadoras de servicio, deberán transferir dichos recursos, al momento en que los trabajadores cumplan 75 años, sin necesidad de resolución judicial, al Fondo de Pensiones para el Bienestar. Esto no será aplicable a los recursos de los trabajadores que cuenten con una relación laboral activa ante el ISSSTE.

Fondo de Pensiones para el Bienestar es solidario

Al fundamentar el dictamen, la presidenta de la Comisión de Seguridad Social, diputada Angélica Ivonne Cisneros Luján (Morena), indicó que el documento, aprobado por mayoría en la instancia legislativa el pasado 18 de abril, reforma diversos ordenamientos para crear el Fondo de Pensiones para el Bienestar y su objetivo es que los trabajadores y trabajadoras que se han visto afectados por el sistema de cuentas individuales que administran las Afores puedan jubilarse con el cien por ciento de su salario promedio de cotización, hasta un monto máximo del salario mensual promedio registrado en el IMSS.

El Fondo de Pensiones para el Bienestar, dijo, se concibe como un fondo solidario y complementario al monto de la pensión que ofrecen las Afores y se propone que se constituya como un fideicomiso público, cuyo fiduciario sea el Banco de México.

Falso, que se establezca una pensión equivalente al último sueldo

Del PAN, Santiago Torreblanca Engell dijo que es falso que la reforma busca que la pensión sea equivalente al último salario promedio de cotización.

Es una mentira, es otra iniciativa que no quieren que pase, porque si Morena hubiera querido establecer la pensión al último sueldo no hubieran mandado la iniciativa a una reforma constitucional; la hubiera mandado a la legislación secundaria.

La iniciativa, relató, tiene un vicio inconstitucional grave porque el artículo 123, tanto en su apartado A como en su apartado B, establece que existirá un fondo de vivienda y lo constituye como tal, por lo que, preguntó, por qué se está ignorando esta disposición, ya que deciden que también los fondos de vivienda serán trasladados a ese fideicomiso.

Foto: Alexas_Fotos

La reforma amenaza con despojar a trabajadores sus ahorros

Tereso Medina Ramírez (PRI) subrayó que la reforma amenaza con despojar a millones de trabajadores mexicanos de sus ahorros. El problema es que confisca el ahorro de los trabajadores mayores de 70 o 75 años, enviándolos a un Fondo de Pensiones junto con sus subcuentas de vivienda y pretende tomar las cuentas de las y los trabajadores que no han sido reclamadas.

 Sostuvo que la reforma no aborda el problema de fondo, no modifica las semanas de cotización necesarias para obtener una pensión, lo que significa que muchos trabajadores se verán excluidos. Hay falta de transparencia en el manejo de los recursos del Fondo, ya que no se establece cómo operará. La propuesta no beneficiará a los 45 millones de trabajadores, solo a 8 mil 400 este año.

El dictamen no es para todos los pensionados ni cotizantes

El diputado Mario Alberto Rodríguez Carrillo (MC) expresó que no apoyan el dictamen porque no abarca el cien por ciento de pensionados ni de cotizantes, tampoco tiene una modificación de gran calado en las aportaciones patronales que puedan beneficiar de raíz a lo largo de lo que puedan dar los rendimientos en la pensión.

Puntualizó que no modifica ni interviene ninguna de las más de 130 cuentas que hay en términos de diferentes modalidades de pensión.

Este dictamen está dirigido a la población del IMSS e ISSSTE, pero no a toda la población de pensionados ni cotizantes, sólo para una porción pequeña de la reforma de 1997, fustigó.

Se pretende disfrazar de legalidad “un verdadero atraco”

La diputada Edna Gisel Díaz Acevedo (PRD) hizo notar que las personas con esfuerzo, constancia, disciplina y muchos años de trabajo han generado estos ahorros, y lo que se pretende con el dictamen es disfrazar de legalidad “un verdadero atraco”.

Manifestó que se está deformando la ley, contraviniendo la Constitución y los elementales principios generales del derecho y el proceso legislativo, porque la legislación en vigor es superior a la iniciativa que se presenta, y no queda claro qué es una cuenta activa y qué es una inactiva.

Fuente:NoticiasWeb

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